Por: Omar
Orlando Tovar Troches -ottroz69@Gmail.com-
La suspensión del decreto declaratorio del estado de emergencia impide al gobierno expedir nuevos decretos legislativos basados en esa figura. Sin embargo, los decretos legislativos ya dictados mantienen su validez y continúan produciendo efectos jurídicos. José G. Hernández – Ex magistrado de la C. Constitucional
Han transcurrido más de tres décadas desde que la Carta
Política de 1991 ilusionó a una nación con un nuevo pacto social, fundado en la
promesa de un Estado Social de Derecho, pluralista y con mecanismos robustos
para proteger la democracia y los derechos fundamentales. Hoy, sin embargo, ese
edificio constitucional muestra grietas estructurales profundas, evidenciando
no solo inconveniencias, sino fallas sistémicas que comprometen su legitimidad
y eficacia. El diagnóstico es claro: Colombia requiere, con urgencia, un
profundo rediseño de la arquitectura de su Estado. Si bien, una Asamblea
Nacional Constituyente es y debe ser objeto de un debate nacional serio y no
exento de cautelas, la necesidad de una reforma estructural es cada día más
ineludible.
El núcleo de la crisis actual reside en la perversión del
esquema de pesos y contrapesos, específicamente en la cooptación
política de las altas cortes y los órganos de control. El diseño de
elección de magistrados para la Corte Constitucional, la Corte Suprema de
Justicia y el Consejo de Estado, basado en un sistema de listas y postulaciones
en las que el Congreso colombiano tiene la última palabra, ha degenerado en la
práctica nociva del “tú me eliges, yo te elijo”, una práctica política
que, lejos de garantizar independencia, ha sembrado el clientelismo en el
corazón del poder judicial. El resultado no es la selección de los más idóneos
por su excelencia técnica o trayectoria intachable, sino la composición de
cortes cuyos integrantes reflejan, con demasiada frecuencia, los pulsos y
cuotas de poder de las coaliciones políticas dominantes en el legislativo.
Esta cooptación ha tenido un efecto corrosivo debido a que las
decisiones de las altas cortes, que deberían ser faros de imparcialidad y rigor
jurídico, están siendo observadas por la ciudadanía con una suspicacia
creciente, al percibirse en ellas excesivos sesgos ideológicos, partidistas
y clasistas. En este reiterado escenario, se ha diluido la línea entre la
interpretación jurídica y la defensa de intereses políticos o económicos
particulares. La independencia judicial, pilar fundamental de cualquier
democracia, se ve así socavada desde su base, transformando a los máximos tribunales
en arenas de disputa política por otros medios, desnaturalizando su función
esencial en un Estado Social de Derecho.
Un ejemplo reciente y aleccionador de esta crisis es el
manejo dado por la actual Corte Constitucional a los Decretos de
Emergencia Económica, expedidos por el actual gobierno nacional de Gustavo
Petro. Al abandonar una línea jurisprudencial de casi 30 años, que privilegiaba
el examen de fondo sobre la constitucionalidad de las normas sometidas a su
control, para enredarse en discusiones no tan indispensables, para ampliar, de
manera cuestionable, la discusión exclusivamente constitucional de fondo; la
Corte apareció ante la opinión pública no como el guardián abstracto de la
Carta, sino como un actor político más. Esta actuación, interpretada por muchos
como alineada con los intereses de la oposición política al gobierno nacional,
erosiona la credibilidad de la institución.
A esta crítica funcional se suma una de carácter ético y
moral relacionada con la sombra de desconfianza en la probidad de algunos
magistrados. Casos como los de magistrados cuyos pasados están marcados por
señalamientos de manejo clientelista, o aquellos envueltos en escándalos
personales que comprometen su imagen de integridad [1],
son una herida autoinfligida a una institución como la Corte Constitucional que
debe estar compuesta por personas cuya vida pública y privada resista el
escrutinio más severo.
Este panorama se agrava por las peculiaridades del modelo
de justicia colombiano, que combina tradiciones del derecho continental con una
enorme preponderancia de la jurisprudencia. Esta combinación puede generar
inseguridad jurídica al favorecer interpretaciones volubles, debidas a que, el
cambio de composición de una sala, a su vez, puede significar un giro abrupto
en la jurisprudencia, generando escenarios más ligados a la correlación de
fuerzas ideológicas al interior del tribunal que a una evolución doctrinal
sólida y previsible.
La suma de estos factores (cooptación, sesgo, desconfianza en
la probidad e inseguridad jurídica) configura una crisis de legitimidad de
las altas cortes. Cuando estas dejan de ser vistas como instancias técnicas y
se las percibe como apéndices del juego político, el sistema en su conjunto se
resiente. El riesgo es que, ante esta debilidad, las cortes queden expuestas a
nuevos y más graves ataques en el futuro, como los que ya padecieron en los periodos
de gobierno uribista, en los que su independencia fue acosada y puesta en jaque.
Por todo lo anterior, el llamado a un rediseño profundo
de la arquitectura estatal no es un capricho académico ni una maniobra
política coyuntural. Es una necesidad imperiosa para salvar a las instituciones
de sí mismas. Se requiere repensar, entre otros, los mecanismos de elección de
magistrados para blindarlos de la cooptación partidista, fortalecer los
criterios de mérito e idoneidad, establecer períodos que impidan la búsqueda de
reelecciones politizadas y revisar el modelo de justicia para dotarlo de mayor
coherencia y predictibilidad.
La Carta política de 1991 abrió puertas fundamentales en
materia de derechos, pero falló en construir los diques suficientes para
proteger la independencia judicial de la vorágine política. El momento es
ahora, antes de que la erosión de la confianza en la justicia sea irreversible.
Colombia merece unas instituciones que funcionen con armonía, independencia y,
sobre todo, con una legitimidad inquebrantable. Lograrlo exige el coraje de
reformar lo que, evidentemente, ya no
funciona.




